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FISCAL

ASPECTOS FISCALES DE LA LPGE 2018

Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE nº 161 de 4-7-2018)

Entrada en vigor el 5 de julio de 2018.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se incrementa la reducción por rendimientos del trabajo, pasando a ser de 16.825 y 13.115 euros frente a los 14.450 y 11.250 anteriores, y el importe de la reducción de 5.565 euros frente a los 3.700 anteriores, así como el multiplicador, que pasa a ser de 1,5 frente al anterior de 1,15625, cuando los rendimientos de trabajo estén comprendidos entre 13.115 y 16.825 euros.

Se eleva del 20 al 30 % la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, así como la base máxima, que pasa de 50.000 a 60.000 euros anuales.

Se eleva del 50 al 60 % el porcentaje de la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla, para que los residentes tengan una menor tributación y puedan disponer de una mayor renta disponible.

Se incrementa en 1.000 euros la deducción por maternidad cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma haya satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados, siempre que se hayan producido por meses completos y no sean rendimientos en especie exentos.

Se aumenta la cuantía de la deducción por familia numerosa en 600 euros anuales por cada uno de los hijos. Por otro lado, se hace extensiva la deducción por personas con discapacidad a cargo, a los contribuyentes con un cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tengan rentas anuales, superiores a 8.000 euros, de hasta 1.200 euros anuales.

Se modifica la obligación de declarar, estableciendo un límite cuantitativo que exime de dicha obligación para la obtención de ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas de reducida cuantía y, por otro, elevando, de 12.000 a 14.000, el umbral inferior de la obligación de declarar establecido para los perceptores de rendimientos del trabajo que procedan de más de un pagador, para el caso de que el pagador no esté obligado a retener y para cuando se perciban rendimientos sujetos a tipo fijo de retención, o pensiones compensatorias o anualidades por alimentos no exentas.

Se establece una deducción en la cuota en el supuesto de unidades familiares formadas por contribuyentes del impuesto y por residentes en otro Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo, cuando dicha circunstancia les impida presentar declaración conjunta.

Sobre el gravamen especial de los premios de determinadas loterías y apuestas se declaran exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros. La cuantía exenta será de 10.000 euros en 2018 con la entrada en vigor de la Ley y de 20.000 euros para 2019.

Impuesto sobre Sociedades

La modificación, para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2018, de la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles y su régimen transitorio para los activos disponibles con anterioridad a 1-7-2016, para adaptar su regulación a los acuerdos adoptados en el seno de la UE y de la OCDE respecto al “patent box”, para observar lo establecido en el informe relativo a la acción 5 del Plan BEPS, que recoge el “nexus approach” (criterio del nexo) para configurar un régimen preferencial de intangibles.

En la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, se detallan las obligaciones que han de asumir los productores que se acojan a este incentivo fiscal.

Se prevé la posibilidad de que la Administración tributaria compruebe cualquiera de las circunstancias determinantes de la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria.

Se excepciona a las entidades de capital-riesgo de la obligación de efectuar el pago fraccionado mínimo aplicable a las grandes empresas, en lo que se refiere a sus rentas exentas. Esta excepción, sin embargo, no resulta de aplicación a los pagos fraccionados cuyo plazo de declaración haya comenzado antes de la entrada en vigor de la LPG 2018.

Con efecto para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2017, estarán exentas en el Impuesto sobre Sociedades las rentas obtenidas por las Autoridades Portuarias como consecuencia de la transmisión de elementos de su inmovilizado, siempre que el importe total de la transmisión se destine a la amortización de préstamos concedidos por Puertos del Estado o por entidades oficiales de crédito para financiar inversiones en elementos del inmovilizado relacionadas con su objeto o finalidad específica.

Impuesto sobre el Patrimonio

Se prorroga este impuesto, para contribuir a la reducción del déficit público, eliminándose la bonificación del 100 % sobre la cuota íntegra.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Tipo reducido del 10 % para las entradas a las salas cinematográficas.

Tipo superreducido del 4% a los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial.

A partir de 1-1-2019, se modifica la exención por los servicios prestados directamente a sus miembros por uniones, agrupaciones o entidades autónomas.

Se modifican unas precisiones en las exenciones en las exportaciones de bienes y en las asimiladas a las exportaciones.

En relación con los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión, cuando el destinatario no sea un empresario o profesional, para reducir las cargas administrativas y tributarias que supone para las microempresas establecidas en un único Estado miembro que prestan estos servicios de forma ocasional a consumidores finales de otros Estados miembros tributar por estas prestaciones en el Estado miembro donde esté establecido el consumidor destinatario del servicio, se establece un umbral común a escala comunitaria de hasta 10.000 euros anuales que de no ser rebasado implicará que estas prestaciones de servicios sigan estando sujetas al IVA en su Estado miembro de establecimiento.

Se suprime desde el 1-1-2019 la limitación de que los profesionales no establecidos en la Comunidad, pero registrados a efectos del IVA en un Estado miembro, no pueden utilizar ni el régimen especial aplicable a los empresarios no establecidos en la Comunidad ni el régimen especial aplicable para los profesionales establecidos en la Comunidad.

Interés legal del dinero e interés de demora tributario

Se fija el interés legal del dinero en el 3 %.

Se fija el interés de demora tributario en el 3,75 %.

IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)

IPREM diario: 17,93 euros.

IPREM mensual: 537,84 euros.

IPREM anual: 6.454,03 euros (en los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual del IPREM será de 7.519,59 euros ).

LABORAL

ASPECTOS SOCIALES DE LA LPGE 2018

Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE nº 161 de 4-7-2018)

Entrada en vigor el 5 de julio de 2018.

Sector público

Retribuciones

Las retribuciones del personal del sector público se incrementan un 1,5 %, al que se sumará otro 0,25 % si el incremento del PIB en 2017 alcanza o supera el 3,1 %, con efectos de 1-7- 2018. Incluso se podrá llegar a incrementar un 0,2 % adicional, si así lo decide cada administración para determinados colectivos.

Jornada laboral

Se establece una jornada de trabajo de 37,5 horas en el sector público.

Pensiones

Incrementos

Las pensiones se revalorizan un 0,25 %, si bien algunas pensiones se incrementan entre un 1 % y un 3 % según el tipo y su nivel. Los incrementos superiores (incremento del 2,75 % adicional) afectan a las pensiones mínimas, las no contributivas, aquellas sin derecho a complementos a mínimos y las de viudedad. Como los efectos de estos incrementos son retroactivos, los pensionistas recibirán una “paga extra” con los atrasos correspondientes.

Los límites del señalamiento inicial de las pensiones públicas se establecen en 2.580,13 euros/mes o 36.121,82 euros/año.

El porcentaje de la base de cotización de las pensiones de viudedad para pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública pasa del 52 % al 56 %. Este incremento alcanzará el 1,6 % el 1-1-2019.

Organizaciones internacionales intergubernamentales

Los períodos trabajados en organizaciones internacionales intergubernamentales ubicadas en el territorio de un Estado miembro de la UE se tendrán en cuenta para el reconocimiento y cálculo de las pensiones del sistema de Seguridad Social en su modalidad contributiva. Ello será objeto de desarrollo reglamentario.

Cotizaciones

Base máxima de cotización

Se incrementa un 1,4 %. El tope máximo de la base de cotización en todos los regímenes queda fijado en 3.803,70 euros/mensuales o 126,79 euros/día, a partir del 1-8-2018. El tope mínimo es el importe del salario mínimo interprofesional para 2018, incrementado en un sexto. Se mantienen los tipos de cotización por contingencias comunes y horas extraordinarias.

En cuanto a los trabajadores autónomos, el incremento es de 1,4 %, quedando la base máxima en 3.803,70 euros /mensuales y la base mínima en 932,70 euros/mensuales.

Base mínima de cotización

Se fija la base mínima de cotización, para los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2017 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, en 1.199,10 euros mensuales, aplicable a partir del 1 de agosto de 2018.

Permiso paternidad

Se amplía una semana más a las cuatro vigentes, que son ininterrumpidas. La quinta podrá disfrutarse en otro momento en los 9 meses siguientes al nacimiento. La suspensión del contrato por esta causa podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50 %.

Ayudas y subvenciones

Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil con menor formación con un contrato para formación y aprendizaje. La ayuda asciende al 80 % del IPREM y una duración máxima de 18 meses. Esta ayuda no cotiza y entrará en vigor el 4-8-2018.

Indefinidos

Se prevé la bonificación por conversión en indefinidos a jornada completa de los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con jóvenes beneficiarios de la ayuda compensatoria de la DA 120ª. La bonificación se concede a las empresas y autónomos que les hayan contratado, y asciende a 250 euros/mes o 3.000 euros/año durante 3 años.

Bonificación del 50 %

Se mantiene la bonificación del 50 % de la cotización empresarial en caso de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, o de enfermedad profesional.

Prolongación de la actividad

Medidas de apoyo a la prolongación de la actividad de los trabajadores fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. Medidas con una bonificación del 50 % de las cuotas.

Formación Profesional

Se financiará iniciativas formativas para los trabajadores ocupados y aplicación de fondos para financiaciar la formación profesional para el desempleo.

Talidomida

Ayudas a las personas afectadas durante el período 1955-1985 que serán compatibles con cualquier pensión pública a que la persona beneficiaria tuviera derecho, y complementarias con la percepción de otras ayudas o prestaciones de análoga naturaleza y finalidad a las reguladas.

Autónomos

Tarifa plana rural

Para trabajadores en municipios de menos de 5.000 habitantes, finalizado el período inicial de 12 meses de aplicación de reducciones en las cuotas por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, tendrán derecho durante los 12 meses siguientes a estos mismos incentivos.

Trabajo autónomo a tiempo parcial

Se mantiene el aplazamiento de la posibilidad de trabajar a tiempo parcial para los trabajadores autónomos.

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